Visocan-Gobierno de Canarias

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PLAN DE VIVIENDA DE CANARIAS 2009-2012
CONSEJERÍA DE CULTURA, DEPORTES, POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA

Plan de viviendas de Canarias

El Gobierno de Canarias tiene un Plan para que cada día más personas en Canarias puedan acceder a una vivienda.

El Instituto Canario de la Vivienda ofrece ayudas para que los canarios puedan optar a comprar una vivienda usada o de protección oficial.

AYUDAS PÚBLICAS

  • Préstamos hipotecarios convenidos con entidades de crédito colaboradoras del Ministario de Vivienda y la Hipoteca Joven Canaria.
  • Subsidiación de préstamos convenidos: descuento de una cuantía fija de las cuotas de amortización, en función de la cuantía del préstamo y del nivel de ingresos familiares.

  • Ayuda directa a la entrada: abono de un único pago cuyo importe dependerá del nivel de ingresos y de las circunstancias personales y familiares del adquirente.

  • Ayudas para jóvenes entre 18 y 35 años: abono de hasta 12.000 euros, según el nivel de ingresos del adquirente, para la compra de una vivienda a través de la Hipoteca Joven Canaria.

CONDICIONES PARA ADQUIRIR UNA VIVIENDA USADA DE USO PROPIO

Vivienda:

  • Debe tratarse de viviendas libres y protegidas que sean adquiridas por título de compraventa en segundas o posteriores transmisiones.
  • Viviendas sujetas a regímenes de protección pública, adquiridas en segunda o posterior transmisión.

  • Viviendas libres de nueva construcción, adquiridas cuando haya transcurrido un plazo de un año.

  • Viviendas rurales usadas.

  • El precio máximo de ventas de las viviendas usadas será el que corresponda, en el momento de la transmisión, a una vivienda de nueva construccción calificada como de régimen general básico.

Comprador:

  • Que la adquisición de la vivienda tenga por finalidad constituir el domicilio habitual y permanente del adquirente.
  • Que los ingresos no excedan de 6,5 veces el IPREM, para el caso de acceso al préstamo convenido o de 4,5 para el acceso al resto de las medidas de financiación.
  • Ocupar la vivienda en el plazo de 3 meses a partir de la formalización de la correspondiente escritura pública de adquisición.

CONDICIONES PARA ADQUIRIR UNA VIVIENDA PROTEGIDA DE NUEVA CONSTRUCCIÓN

  • Debe estar calificada como Vivienda Protegida (V.P.O.) por la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • Debe destinarse a domicilio habitual y permanente.

  • El precio de venta no puede superar el importe de 1.083,94 euros por metro cuadrado útil si la vivienda es de Régimen Especial; de 1.334, 04 euros si es de Régimen Generla Básico; y de 1.500,84 euros si es de Régimen General Medio.

  • La superficie máxima de la vivienda, con carácter general, no puede ser superior a 90 metros cuadrados.

Comprador:

  • No puede ser titular de otra vivienda libre o sujeta a régimen de protección pública.
  • Sus ingresos familiares ponderados no pueden superar 2,5 veces el IPREM si la vivienda a adquirir es de Régimen Especial; 4,5 vecesl el IPREM si es de Régimen General Básico; y 6,5 veces el IPREM si es de Régimen General Medio.

  • Debe ser residente en la Comunidad Autónoma de Canarias.

  • No haber obtenido otras ayudas financieras para la adquisición de viviena los diez años anteriores.

El Gobierno de Canarias tiene un Plan para que cada día más personas en Canarias puedan acceder a una vivienda.

El Instituto Canario de la Vivienda quiere fomentar el alquiler, especialmente entre la juventud canaria.

AYUDAS PÚBLICAS AL INQUILINO

Hasta un 40% de la renta anual con un límite anual de hasta 3.200 euros y durante dos años.

AYUDAS A LA JUVENTUD CANARIA

Hasta 300 euros mensuales para el pago de la renta en alquiler durante un máximo de cinco años.

AYUDAS PÚBLICAS AL PROPIETARIO

Hasta 3.000 euros para facilitar el arrendamiento de la vivienda si se inscribe a través de la Bolsa de Vivienda Joven y Vacía, y hasta 12.500 euros más, si es necesario rehabilitarla antes de alquilarla.

CONDICIONES PARA DISPONER DE YUDAS DE ALQUILER:

Subvención al Inquilino

  • La vivienda debe estar dedicada al domicilio permanente del inquilino.
  • Los ingresos anuales de la totalidad de los ocupantes no debe ser igual o mayor a 2,5 veces el IPREM.
  • No debe haber parentesco entre el inquilino yarrendador.
  • El inquilino no puede ser titular de otra vivienda.

ADEMÁS...El Gobierno canario ayuda a la juventud canaria:

  • Que tenga una edad comprendida entre los 18 y 35 años.
  • Que posea unos ingresos familiares ponderados que no excedan de 4,5 veces el IPREM.
  • Que alquile la vivienda a través del Programa Bolsa de Vivienda Joven, y que se destine a su domicilio habitual y premanente.
  • Que no cuente con otra vivienda a título de propiedad o usufructo.
  • Que haya residido en Canarias, al menos, los cinco años inmediatamante anteriores a la solicitud de la subvención o acredite haber residido durante al menos 15 años cuando se trate de emigrantes retornados cumpliendo determinados requisitos.
  • Que no exista relación de parentesco, en primer o segundo grado de consaguinidad o afinidad, con el arrendatario.
  • Que la vivienda alquilada tenga l condición de libre.

Arrendador:

  • Debe ser el titular de la vivienda a arrendar.
  • La vivienda debe estar ya construida y desocupada.
  • Debe destinar la vivienda al arrendamiento durante, al menos, cinco años.
  • No puedo tener relación de parentesco con el inquilino.
  • Llevar a cabo las obras de rehabilitación necesarias para su puesta en arrendamiento, en su caso.
  • Ha de tratarse de una vivienda libre.

El Gobierno de Canarias tiene un Plan para que cada día más personas en Canarias puedan acceder a una vivienda.

El Instituto Canario de la Vivienda destina ayudas y subvenciones para la rehailitación de edificios, viviendas y casas rurales, con especial atención en adaptar las viviendas a personas con algún tipo de discapacidad y mayores de 65 años.

AYUDAS PARA REHABILITAR UNA VIVIENDA O EDIFICIO

Las ayudas podrán destinarse a:

  • Mejorar la eficiencia energética, higiene, salud y protección del medio ambiente en los edificios y viviendas, y la utilización de energías renobables.
  • Garantizar la seguridad y la estanqueidad de los edificios.
  • Mejorar la accesibilidad al edificio y/o a sus viviendas.

SUBVENCIONES Y PRÉSTAMOS PARA LA REHABILITACIÓN

  • Subvención al propietario de hasta 12.400 euros para titulares de viviendas mayores de 65 años con ingresos familiares que no excedan de 2,5 veces el IPREM; y hasta 5.000 euros para titulares de una vivienda con ingresos familiares ponderados hasta 3,5 veces el IPREM cuando la actuación de rehabilitación se proyecte en viviendas aisladas.
  • Subvenciones a la Comuniad de Propietarios de hasta 1.100 euros por vivienda cuando las actuaciones de rehabilitación se proyecten en edificios de viviendas, que será incompatible con la subsidicación del préstamo convenido, y tendrá una cuantía máxima de 10% del presupuesto protegido.
  • Y además, subvención complementaria al propietario de hasta 3.200 euros para los propietarios u ocupantes de las viviendas del edificio, promotores de la rehabilitación, cuyos ingresos familiares no excedan de 6,5 veces el IMPREM.
  • Préstamos convenidos a las comunidades de propietarios que podrá alcanzar la totalidad del presupuesto protegido.
  • Subsidiación del préstamo convenido cuando las actuaciones de rehabilitación se proyecten en edificios de viviendas y el titular del préstamo sea arrendatario, o propietario de una o varias viviendas.

Comprador:

  • Que la adquisición de la vivienda tenga por finalidad constituir el domicilio habitual y permanente del adquirente.
  • Que los ingresos no excedan de 6,5 veces el IPREM, para el caso de acceso al préstamo convenido o de 4,5 para el acceso al resto de las medidas de financiación.
  • Ocupar la vivienda en el plazo de 3 meses a partir de la formalización de la correspondiente escritura pública de adquisición.

CONDICIONES PARA ADQUIRIR UNA VIVIENDA PROTEGIDA DE NUEVA CONSTRUCCIÓN

  • Debe estar calificada como Vivienda Protegida (V.P.O.) por la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • Debe destinarse a domicilio habitual y permanente.
  • El precio de venta no puede superar el importe de 1.083,94 euros por metro cuadrado útil si la vivienda es de Régimen Especial; de 1.334, 04 euros si es de Régimen Generla Básico; y de 1.500,84 euros si es de Régimen General Medio.
  • La superficie máxima de la vivienda, con carácter general, no puede ser superior a 90 metros cuadrados.

Comprador:

  • No puede ser titular de otra vivienda libre o sujeta a régimen de protección pública.
  • Sus ingresos familiares ponderados no pueden superar 2,5 veces el IPREM si la vivienda a adquirir es de Régimen Especial; 4,5 vecesl el IPREM si es de Régimen General Básico; y 6,5 veces el IPREM si es de Régimen General Medio.
  • Debe ser residente en la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • No haber obtenido otras ayudas financieras para la adquisición de viviena los diez años anteriores.

Información en la página del Gobierno de Canarias

La Disposición Transitoria Primera

Nace con el objeto de

“coadyuvar a paliar las consecuencias derivadas de
 la actual situación económica [...], con carácter temporal”

Pueden acogerse a las medidas hasta un máximo de dos mil viviendas, y, aunque inicialmente se planteó hasta el 31 de diciembre de 2009, posteriormente fue ampliada hasta el 31 de diciembre de 2011.

¿A quién va dirigida?

a) A los promotores de viviendas libres terminadas y con licencia de primera ocupación, certificado final de obras o cédula de habitabilidad, según corresponda.
b) A cualquier persona o entidad que hayan adquirido dichas viviendas a promotores o adquirentes.
c) A las unidades familiares cuyos ingresos anuales ponderados no superen 1,5 veces el IPREM.

¿Qué propicia?

La calificación de viviendas libres como viviendas protegidas para arrendamiento en régimen especial a diez años con opción a compra.
Excepcionalmente, la medida permite calificar una parte o la totalidad de las viviendas de un mismo edificio o promoción sobre las que el promotor no haya contraído compromiso de  compraventa.

Ayudas y subvenciones

Al promotor.–

Del Mº de Fomento

  • 140€/m2 s.u., condicionados a la obtención de un préstamo cualificado
  • (150€/m2 s.u. en ATPMS Grupo C)
  • Financiación estatal

De la Comunidad Autónoma

  • 4.000 €/vivienda
  • 300 €/vda./año

 Al arrendatario.–

De la Comunidad Autónoma

  • 300 €/mes durante el primer año de alquiler, ampliable a otro año, mediante pago diferido al promotor.

La ayuda al arrendatario es incompatible con otras para similar fin y con la de emancipación de los jóvenes

 

Resumen del proceso

1.   Obtenida la calificación, el promotor firma un contrato de arrendamiento a largo plazo (5 años renovable a otros 5) con un arrendatario que cumpla con los requisitos establecidos.
A partir del segundo año de arrendamiento, las partes pueden establecer el derecho de opción de compra.
La opción de compra se materializará cuando concluyan los 10 años de arrendamiento.
Entonces se descontará del precio de venta al menos el 30% de lo abonado, incluida la ayuda de la Comunidad.
El precio de venta estará en relación con los precios de venta y de renta vigentes en el momento en que definitivamente tenga lugar la operación de compraventa.

2.   En caso de que el arrendatario decida abandonar la vivienda antes de finalizado el plazo de arrendamiento pactado, basta con que lo comunique al promotor con 1 mes de antelación.

3.   Transcurridos los dos primeros años, el precio del alquiler pasará de 350 € al que corresponda en ese momento a una vivienda calificada en los mismos términos, en función de sus características (superficie y útil y término municipal en el que se ubique).

Requisitos

De las viviendas.–
-   Que estén terminadas y con licencia de primera ocupación, certificado final de obras o cédula de habitabilidad, según corresponda.
­- Que sean libres antes de su calificación como “VP en régimen especial de arrendamiento  10 años”
-   Que estén terminadas
-   Que se adapten a las exigencias técnicas y de edificación en materia de VP
-   Que el precio del alquiler, durante los dos primeros años, no supere los 350 €/mes

De los promotores.–
-   Para percibir las ayudas y subvenciones tienen que hallarse al corriente en sus obligaciones con la Administración (Hacienda, Seguridad Social...)

De los arrendatarios
-   Estar inscritos en el RPDVP con al menos 1 mes de antelación a la formalización del contrato de arrendamiento.
-   Que los ingresos ponderados de la unidad familiar no superen 1,5 veces el IPREM
-   Que no sean propietarios de otra vivienda, libre o protegida, ni de un derecho real de uso o disfrute

Información en la página del Gobierno de Canarias

 

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