
PLAN DE VIVIENDA DE CANARIAS 2009-2012
CONSEJERÍA DE CULTURA, DEPORTES, POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA
El Gobierno de Canarias tiene un Plan para que cada día más personas en Canarias puedan acceder a una vivienda.
El Instituto Canario de la Vivienda ofrece ayudas para que los canarios puedan optar a comprar una vivienda usada o de protección oficial.
AYUDAS PÚBLICAS
CONDICIONES PARA ADQUIRIR UNA VIVIENDA USADA DE USO PROPIO
Vivienda:
Comprador:
CONDICIONES PARA ADQUIRIR UNA VIVIENDA PROTEGIDA DE NUEVA CONSTRUCCIÓN
Comprador:
El Gobierno de Canarias tiene un Plan para que cada día más personas en Canarias puedan acceder a una vivienda.
El Instituto Canario de la Vivienda quiere fomentar el alquiler, especialmente entre la juventud canaria.
AYUDAS PÚBLICAS AL INQUILINO
Hasta un 40% de la renta anual con un límite anual de hasta 3.200 euros y durante dos años.
AYUDAS A LA JUVENTUD CANARIA
Hasta 300 euros mensuales para el pago de la renta en alquiler durante un máximo de cinco años.
AYUDAS PÚBLICAS AL PROPIETARIO
Hasta 3.000 euros para facilitar el arrendamiento de la vivienda si se inscribe a través de la Bolsa de Vivienda Joven y Vacía, y hasta 12.500 euros más, si es necesario rehabilitarla antes de alquilarla.
CONDICIONES PARA DISPONER DE YUDAS DE ALQUILER:
Subvención al Inquilino
ADEMÁS...El Gobierno canario ayuda a la juventud canaria:
Arrendador:
El Gobierno de Canarias tiene un Plan para que cada día más personas en Canarias puedan acceder a una vivienda.
El Instituto Canario de la Vivienda destina ayudas y subvenciones para la rehailitación de edificios, viviendas y casas rurales, con especial atención en adaptar las viviendas a personas con algún tipo de discapacidad y mayores de 65 años.
AYUDAS PARA REHABILITAR UNA VIVIENDA O EDIFICIO
Las ayudas podrán destinarse a:
SUBVENCIONES Y PRÉSTAMOS PARA LA REHABILITACIÓN
Comprador:
CONDICIONES PARA ADQUIRIR UNA VIVIENDA PROTEGIDA DE NUEVA CONSTRUCCIÓN
Comprador:
Información en la página del Gobierno de Canarias
La Disposición Transitoria Primera
Nace con el objeto de
“coadyuvar a paliar las consecuencias derivadas de
la actual situación económica [...], con carácter temporal”
Pueden acogerse a las medidas hasta un máximo de dos mil viviendas, y, aunque inicialmente se planteó hasta el 31 de diciembre de 2009, posteriormente fue ampliada hasta el 31 de diciembre de 2011.
¿A quién va dirigida?
a) A los promotores de viviendas libres terminadas y con licencia de primera ocupación, certificado final de obras o cédula de habitabilidad, según corresponda.
b) A cualquier persona o entidad que hayan adquirido dichas viviendas a promotores o adquirentes.
c) A las unidades familiares cuyos ingresos anuales ponderados no superen 1,5 veces el IPREM.
¿Qué propicia?
La calificación de viviendas libres como viviendas protegidas para arrendamiento en régimen especial a diez años con opción a compra.
Excepcionalmente, la medida permite calificar una parte o la totalidad de las viviendas de un mismo edificio o promoción sobre las que el promotor no haya contraído compromiso de compraventa.
Ayudas y subvenciones
Al promotor.–
Del Mº de Fomento
De la Comunidad Autónoma
Al arrendatario.–
De la Comunidad Autónoma
La ayuda al arrendatario es incompatible con otras para similar fin y con la de emancipación de los jóvenes
Resumen del proceso
1. Obtenida la calificación, el promotor firma un contrato de arrendamiento a largo plazo (5 años renovable a otros 5) con un arrendatario que cumpla con los requisitos establecidos.
A partir del segundo año de arrendamiento, las partes pueden establecer el derecho de opción de compra.
La opción de compra se materializará cuando concluyan los 10 años de arrendamiento.
Entonces se descontará del precio de venta al menos el 30% de lo abonado, incluida la ayuda de la Comunidad.
El precio de venta estará en relación con los precios de venta y de renta vigentes en el momento en que definitivamente tenga lugar la operación de compraventa.
2. En caso de que el arrendatario decida abandonar la vivienda antes de finalizado el plazo de arrendamiento pactado, basta con que lo comunique al promotor con 1 mes de antelación.
3. Transcurridos los dos primeros años, el precio del alquiler pasará de 350 € al que corresponda en ese momento a una vivienda calificada en los mismos términos, en función de sus características (superficie y útil y término municipal en el que se ubique).
Requisitos
De las viviendas.–
- Que estén terminadas y con licencia de primera ocupación, certificado final de obras o cédula de habitabilidad, según corresponda.
- Que sean libres antes de su calificación como “VP en régimen especial de arrendamiento 10 años”
- Que estén terminadas
- Que se adapten a las exigencias técnicas y de edificación en materia de VP
- Que el precio del alquiler, durante los dos primeros años, no supere los 350 €/mes
De los promotores.–
- Para percibir las ayudas y subvenciones tienen que hallarse al corriente en sus obligaciones con la Administración (Hacienda, Seguridad Social...)
De los arrendatarios
- Estar inscritos en el RPDVP con al menos 1 mes de antelación a la formalización del contrato de arrendamiento.
- Que los ingresos ponderados de la unidad familiar no superen 1,5 veces el IPREM
- Que no sean propietarios de otra vivienda, libre o protegida, ni de un derecho real de uso o disfrute